Dirección
Unidad de Dirección
Artículo 30.- Dirección
La Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local es responsable de la gestión de la educación básica regular, especial, alternativa y técnico –productiva y de supervisar el servicio educativo brindado por las instituciones educativas, tiene funciones específicas en el sector educación en su jurisdicción territorial, quien constituye la máxima autoridad administrativa.
Artículo 31.- Funciones de la Dirección
Son funciones de la Dirección, las siguientes:
a. Implementar y supervisar la Política Educativa Regional – Escuela DECO y Diseño Curricular Regional en el ámbito de su jurisdicción.
b. Gestionar la creación e implementación de redes educativas distritales, especialmente en las zonas rurales.
c. Dirigir la elaboración, implementación y evaluación de Proyecto Educativo Local alineado al PEN 2036 y al PER Cajamarca.
d. Supervisar la implementación de la diversificación curricular considerando la realidad sociocultural, económica y productiva en la provincia.
e. Dirigir el fortalecimiento de los procesos de gestión pedagógica y administrativa de las Instituciones Educativas y Centros de Educación Técnico Productivo de su ámbito territorial.
f. Promover, incentivar y supervisar los servicios educativos de la localidad, en coordinación con la comunidad educativa y los gobiernos locales.
g. Liderar el proceso de modernización de la gestión educativa y la mejora de los procesos orientados a la gestión de la calidad.
h. Promover la educación intercultural, valoración y uso de las lenguas originarias.
i. Evaluar los logros alcanzados en materia educativa y apoyar las acciones de evaluación y medición que desarrolla la DRE Cajamarca y el Ministerio de Educación.
j. Dirigir acciones y aplicar estrategias de prevención, respuesta y mitigación de condiciones en la gestión del riesgo de desastres, así como acciones de capacitación y difusión.
k. Impulsar acciones para el funcionamiento del Consejo Participativo Local de Educación en