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Unidad de Línea


Artículo 44.- Oficina de Excelencia en Formación y Redes Educativas


La Oficina de Excelencia en Formación es responsable de planificar, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar e informar sobre el desarrollo de las actividades en materia de educación básica regular, especial, alternativa y técnico productiva, en las instituciones educativas, en el ámbito de su
competencia y en el marco de la normatividad aplicable; además participa en la creación y funcionamiento de las instituciones educativas de la educación básica y técnico- productivas, públicas y privadas, así como la supervisión de la prestación del servicio educativo, en el ámbito
de su competencia y la normatividad aplicable.


Artículo 45.- Funciones de la Oficina de Excelencia en Formación y Redes Educativas

Son funciones de la Oficina de Excelencia en Formación y Redes Educativas, las siguientes:

a. Difundir, orientar y supervisar la aplicación de la política y normatividad educativa nacional y regional en materia de gestión pedagógica en las Instituciones Educativas y CETPRO, así como evaluar sus resultados.

b. Implementar los programas de educación especial en respuesta al diagnóstico de necesidades y demandas priorizados para el cierre de brechas de la región Cajamarca.

c. Diseñar, ejecutar y evaluar programas, planes y/o proyectos de promoción de la educación para jóvenes y adultos con enfoque territorial.

d. Elaborar líneas base provincial y por redes educativas (distrito) y las metas para la gestión pedagógica, administrativa e institucional de los servicios educativos de la jurisdicción.

e. Monitorear y asesorar el desarrollo de las actividades pedagógicas, administrativas e instituciones de redes educativas e II.EE de la jurisdicción.

f. Acompañar procesos de articulación de planes de intervención con enfoque intersectorial y multidisciplinarios para atender brechas por ecosistemas de aprendizajes de los estudiantes de los servicios educativos.

g. Participar en el diseño e implementación del modelo del servicio educativo.

h. Acompañar y evaluar los procesos de gestión educativa para el logro de los resultados de aprendizaje de los estudiantes.

i. Establecer la demanda para asegurar la dotación oportuna del personal docente y administrativo de las Instituciones Educativas y CETPRO, de acuerdo al marco normativo.

j. Ejecutar el programa de formación a directivos, docentes y auxiliares de educación, integrado en la calendarización del desarrollo de las actividades educativas de la UGEL.

k. Garantizar la distribución de materiales y recursos educativos asignados a las Instituciones Educativas Programas Educativos y CETPRO, para facilitar los procesos de enseñanza- aprendizaje. Supervisar y controlar el adecuado almacenamiento, distribución y el stock de bienes y materiales, verificando la conformidad de la recepción y entrega de los mismos, en cumplimiento de las especificaciones técnicas indicadas en el requerimiento.

l. Gestionar la mejora de las condiciones de infraestructura y equipamiento de las Instituciones Educativas y CETPRO de su ámbito, para priorizar la inversión.

m. Brindar asistencia técnica y capacitación sobre el uso adecuado de los materiales y recursos educativos.

n. Brindar acompañamiento en materia de gestión pedagógica y administrativa en las Instituciones Educativas y CETPRO, para mejorar los aprendizajes de los estudiantes.

o. Supervisión del registro de información (Matrícula, notas y certificados Modulares)

p. Proponer a la DRE la conformación de una Redes Educativas considerando el procedimiento establecido en los presentes lineamientos.

q. Brindar asistencia técnica, supervisar, y evaluar la gestión de las Redes Educativas; así como brindar soporte para realizar las acciones correctivas correspondientes, en el marco de la normatividad vigente al respecto.

r. Canalizar los requerimientos e iniciativas para la creación de Instituciones Educativas, Programas Educativos y CETPRO en el ámbito de su jurisdicción, trasladándolos a la DRE Cajamarca.

s. Promover el desarrollo de eventos y actividades de ciencia, tecnología, cultura, deporte y recreación en Instituciones Educativas, CETPRO, redes educativas y promotorías distritales.

t. Reconocer y autorizar el funcionamiento de organizaciones y/o instituciones que realizan educación comunitaria en su jurisdicción.

u. Facilitar la articulación e integración de experiencias y buenas prácticas de educación comunitaria en los diferentes niveles y modalidades de los servicios educativos de la UGEL.

v. Difundir a través de diferentes medios y formas de comunicación las experiencias de educación comunitaria que generan impacto en el desarrollo del ámbito de la intervención.

w. Facilitar la certificación de competencias, la formación de educadores comunitarios interculturales y la evaluación de entidades de educación comunitaria.

x. Otras funciones que, en el marco de sus competencias, le sean asignados.